Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen, entre otras, la a práctica del deporte profesional y federado.

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Estimad@s soci@s:

En el día de hoy, domingo tres de mayo de dos mil veinte, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la cual se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.

En dicha Orden se establece el proceso de desescalada gradual de las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto social adoptadas hasta la fecha, y entre ellas, se regula especialmente, en su artículo 9, las medidas relacionadas con los deportistas federados que no sean profesionales o de deportistas calificados de alto nivel.

Dichas medidas regulan el ejercicio del deporte federado, en concreto, los que se practican en espacios naturales, tales como el mar o ríos, como es el caso concreto del deporte náutico que se desarrolla en nuestra entidad deportiva. Para ello, habrá que cumplir los siguientes requisitos:

  1. ENTRENAMIENTOS INDIVIDUALES. Únicamente se permite el ejercicio del deporte federado de forma individual.
  2. DOS VECES AL DÍA entre las 6:00 HORAS y LAS 10:00 HORAS y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas.
  3. En todo momento debe respetarse la distancia de seguridad interpersonal de DOS METROS.
  4. No se permitirá la presencia, durante el entrenamiento, de ENTRENADORES u otro tipo de PERSONAL AUXILIAR durante la práctica deportiva federada.
  5. La LICENCIA DEPORTIVA sirve de justificante para la práctica deportiva en las franjas horarias descritas anteriormente. En concreto, os facilitamos el enlace a las principales federaciones deportivas que tienen páctica en nuestras instalaciones:
    5.1. Federación de Vela de la Comunitat Valenciana: https://somvela.com/
    5.2. Federación de Remo de la Comunitat Valenciana: https://fremocv.org/
    5.3. Federación de Pesca de la Comunitat Valenciana: https://www.federacionpescacv.com/
    5.4. Federación de Motonáutica de la Comunitat Valenciana: http://federacionvalencianamotonautica.com/
    5.5. Federación de Kayak de la Comunitat Valenciana: https://www.fepiraguismocv.com/

Con respecto al comunicado anterior, donde reflejábamos las directrices de la Dirección General de la Marina Mercante, respecto a la posibilidad de visitar las embarcaciones para el próximo lunes 4 de mayo, por parte de sus propietarios, lamentamos comunicarles que no han sido reguladas dichas medidas en la normativa publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado. En consecuencia, continuaremos cuidando de las embarcaciones de los armadores como hemos venido haciendo desde que se declaró el estado de alarma, a la espera de la implementación de las directrices marcadas para la desescalada por parte de la Dirección General de la Marina Mercante.

Recordamos una vez más, que las instalaciones del RCNG permanecen cerradas en virtud de la declaración del estado de alarma. Y en relación al ejercicio del deporte de las personas y socios federados, recordarles que es muy importante cumplir las medidas de distanciamiento social e higiene para la prevención del contagio del COVID-19, indicadas por las autoridades sanitarias, y que deben cumplir con el protocolo sanitario establecido por el RCNG para el acceso a las instalaciones del RCNG, en el que queda expresamente prohibido la utilización de los vestuarios, sanitarios y duchas.

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